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20090711

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seguridadsocial. es, dominio exclusivo del Gobierno según la OPMI.
El Mundo.es 20090710

La Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) ha reconocido al Gobierno español como legítimo propietario del dominio de Internet seguridadsocial. es, según ha informado el Ministerio de Trabajo e Inmigración. Según la resolución, la Administración Pública española es la titular del derecho exclusivo al uso del término y propietaria, por tanto, del dominio reclamado. El término se reserva así para uso exclusivo por las entidades que gestionan y administran el servicio público, dependientes de los departamentos ministeriales. Para que los ciudadanos identificaran de manera clara y sin margen de error el acceso virtual a su web, la Seguridad Social inició un proceso de detección de nombres de dominio que podían dar lugar a confusión por semejanza terminológica o por disponer de contenidos iguales. Una vez identificados los titulares de dichos nombres y tras diversas conversaciones, se consiguió que tres de cuatro transmitieran gratuitamente los nombres de dominio a la Seguridad Social, y en el ...




La producción de contenidos de la popular Wikipedia reduce su ritmo.
El Mundo.es 20090710

La producción de contenidos de la Wikipedia se ha estancado al decrecer el número de redactores voluntarios de artículos y al dedicar éstos cada vez menos tiempo a su construcción, según el estudio Wikipedia: A quantitative analysis, realizado por investigadores de la Universidad Rey Juan Carlos de Madrid (URJC). Así, la producción de la mayor enciclopedia en Internet, abierta a la contribución de cualquier usuario, se habría estabilizado desde 2007 ya que el número de voluntarios que contribuyen al proyecto se ha estancado en las diez versiones principales. El estudio destaca que, en 2007, y por primera vez en su reciente historia, el número mensual de voluntarios que abandonaron el proyecto (unos 20. 000 mensuales en su versión inglesa) superó a los que se incorporaron (unos 15. 000 al mes). Lo que es más importante es que esta tendencia seguirá empeorando en el futuro próximo ya que el número de abandonos tiende a crecer cada vez más rápidamente, prevé en su tesis doctoral el investigador Felipe Ortega, miembro del grupo de investigación GSyC/Libresoft de la URJC. Otro fenómeno que pone de relieve el estancamiento que está sufriendo la Wikipedia, según la investigación, es que el número de artículos destacados (aquellos que son sometidos a un exhaustivo proceso de revisión por parte de la comunidad de voluntarios y obtienen un alto porcentaje de votos positivos con respecto a su calidad) sigue siendo relativamente reducido (aproximadamente uno de cada 1. 100 en la versión inglesa). Además, necesitan más de tres años para alcanzar ese nivel de calidad. Teniendo en cuenta que se trata de un proyecto sin ánimo de lucro y que se basa en la contribución de millones de personas de todo el mundo, las conclusiones de este trabajo son de una gran relevancia para conocer cómo se organiza y cuál puede ser su evolución, continúa OrtegaPor otra parte, según informó la URJC, el análisis pone de manifiesto que lo ...




Exact Software prueba sus soluciones para Windows 7.
Diario Ti.com 20090709

Exact Software prueba con éxito Exact Dimoni, Exact Globe y Exact Synergy para Windows 7. Diario Ti: Exact Software anuncia que Exact Globe, Exact Dimoni y Exact Synergy Enterprise han pasado con éxito las pruebas de compatibilidad con Windows 7 Beta de Microsoft. Los análisis, que se iniciaron el pasado mes de marzo en las instalaciones de Microsoft, garantizan que tres soluciones son compatibles con Windows 7, lo que permitirá a Exact Software beneficiarse del potencial que ofrece este sistema operativo. Estamos muy satisfechos de haber participado desde el principio en la adopción del nuevo sistema operativo de Microsoft. Con Windows 7 somos capaces de ofrecer a nuestros clientes d ...




Burlas y venganzas circulan por la Red detrás de identidades falsas.
El Mundo.es 20090706

La escritora Lucía Etxebarría acaba de denunciar en un artículo que alguien que utiliza su nombre ha colgado su perfil en Twitter y va relatando los avatares de su (mi) vida. Casos como éste, de suplantación de personalidad, proliferan al amparo de la falta de protección de la identidad en las redes sociales. Personajes populares como el presidente del PP, Mariano Rajoy; la alcaldesa de Valencia, Rita Barberá; o el humorista José Mota han visto circular por las redes sociales falsos perfiles con su identidad, creados a veces por enemigos, en el caso de los políticos, o por gente que persigue un beneficio económico, en el de Mota. Además de ésta, hay otra forma de suplantación, explica el presidente de la Asociación de Internautas, Víctor Domingo, que consiste en apoderarse del perfil de una persona y meter en ella información que la pueda comprometer. La experiencia de Domingo es que este tipo de conductas se dan entre personas del mismo entorno. Entre la gente joven, el objetivo es hacer una gracia o una burla, y en el caso de los adultos, hay muchos novios o novias despechados que quieren poner a su ex pareja en situaciones violentas o incómodas. Para evitarlo, recomienda utilizar claves seguras con dígitos y letras y huir de las contraseñas sencillas. La suplantación de personalidad es uno de los riesgos de las redes sociales, según un estudio del Instituto Nacional de Tecnologías de la Comunicación (INTECO) y de la Agencia de Protección de Datos (AEPD). Estas redes agrupan en España a ocho millones de personas, y el 44,4% de los internautas las utilizan. Objetivo: causar daño La empresa de seguridad informática Recovery Labs aseguraba en un estudio publicado el 28 de mayo, que en 2008 una de cada tres solicitudes de peritaje (33,3%) estuvo relacionada con los robos de identidad en cuentas de correo, programas de mensajería instantáneo y redes sociales. Un porcentaje que tan sólo un año antes fue del 5%. Las redes -afirma Juan Martos, responsable de peritaje informático de la citada empresa- se están convi ...




Blue Coat en el Cuadrante Mágico de Gartner.
Diario Ti.com 20090710

Blue Coat Systems Inc. anunció que ha sido posicionada en el Cuadro de Líderes dentro del Cuadrante Mágico de Controladores de Optimización WAN por la consultora de investigación Gartner, Inc. Diario Ti: La tecnología de Blue Coat Proxy SG acelera la entrega de aplicaciones internas, externas y en tiempo real a través de toda la empresa y, junto con las aplicaciones del Blue Coat PacketShaper, son un componente clave de la infraestructura de Application Delivery Networking (ADN). Blue Coat ha innovado consistentemente junto con el mercado para realzar la tradicional Optimizaci ...




¿Una ley anti P2P a la francesa? Aquí no.
El Mundo.es 20090707

El Abogado del Navegante analiza esta semana los problemas que podría presentar una modificación de la legislación española dirigida a la regulación de las redes P2P. Viajero, para aquí, que el francés también paró. . . y el que por todo pasó no pudo pasar de aquí. Tal es la inscripción que figura al pie del monumento al Timbaler del Bruc, al que una vieja leyenda atribuye haber detenido al ejército de Napoleón. Quizás los ecos de aquel viejo tambor resuenan en los oídos de las dos Ministras de Cultura que ejercen a ambos lados del Pirineo, tan empeñadas la una como la otra en su guerra abierta al P2P. En mi familia siempre se ha bromeado con el tema: Si en lugar de tocar el tambor se hubiese tocado otra cosa, igual hasta seríamos franceses. Con las leyendas nunca se sabe: con tambor o sin tambor, lo cierto es que somos españoles. Como consecuencia de ello, tenemos lo que tenemos: siesta, toros, tópicos made in Spain. . . y un Tribunal Constitucional completamente colapsado. En Francia el Consejo Constitucional sólo tardó 28 días en dictar sentencia contra la Ley Sarkozy: por muy patriotas y muy castizos que Vds. puedan ser, no me digan que no les da envidia. Los argumentos de la sentencia son impecables: el derecho a la libertad de expresión y a la presunción de inocencia impiden que un órgano administrativo pueda imponer como sanción el corte de la conexión a Internet. La ley tendrá que ser modificada, y las competencias en la materia volverán a estar en manos de la única autoridad competente en lo que se refiere a libertad de expresión: el poder judicial. ¿Qué pasaría en España? La pregunta es retórica, por ser materia de política-ficción, y sólo podemos estar seguros de una cosa: antes de que el Tribunal Constitucional español se pronunciase sobre el tema, alguien habría inventado el teletransportador cuántico de materia, que permitiría el P2P de cualquier tipo de propiedad. Algo que indudablemente situaría el debate jurídico en una nueva dimensión. ¿Y si no hay que cambiar nada?Antes de abordar posibles cambios de legislación, tendríamos que analizar si tales cambios son necesarios. Si adoptando el papel de abogados del diablo, nos situamos imaginariamente en la perspectiva de los perseguidores del P2P, ¿qué panorama contemplaríamos? ¿Se han cerrado todas las vías procesales para la persecución del P2P?En la primera consulta del Abogado del Navegante ya tuvimos ocasión de comprobar la dificultad de perseguir el P2P, tanto en vía penal como en vía civil. En el primer caso, porque sin ánimo de lucro no hay delito contra la propiedad intelectual, y en lo que se refiere a la vía civil, por la práctica imposibilidad de que un juez del orden jurisdiccional civil acuerde la suspensión del derecho constitucional a la inviolabilidad de las comunicaciones y a la protección de datos de carácter personal, presupuesto necesario para identificar a los usuarios que comparten archivos. Con posterioridad al artículo comentado, publicado en enero de 2008, los jueces del orden jurisdiccional penal se han pronunciado en multitud de ocasiones, incluso a nivel de Audiencias Provinciales, concluyendo que suministrar enlaces a archivos P2P no es delito. Incluso en el ámbito civil, se han denegado las medidas cautelares solicitadas contra páginas de enlaces. Ello no obstante, sorprende que las tan publicitadas acciones judiciales contra las descargas se hayan dirigido siempre contra páginas de enlaces, y no contra los usuarios que comparten archivos. En el ámbito penal es comprensible: si no hay delito sin ánimo de lucro comercial, difícilmente se puede denunciar a quien comparte gratuitamente canciones o películas. Cuestión distinta sería si el tema se dilucidase ante la jurisdicción civil. La reforma de la Ley de Propiedad Intelectual, perpetrada por la Ley 23/2006, de 7 de julio, modificó el concepto de comunicación pública, con el evidente objetivo de situar fuera de la Ley la conducta de aquellos que, sin autorización del titular de derechos de autor, se dediquen a la puesta a disposición del público de obras, por procedimientos alámbricos o inalámbricos, de tal forma que cualquier persona pueda acceder a ellas desde el lugar y en el momento que elija. He dicho si se dilucidase, porque la cuestión no se ha dilucidado. Y no ha sido así, por la sencilla razón de que no se ha demandado todavía a ningún usuario, al ser estos desconocidos por imperativo legal. El extraño caso de la demanda contra el demandado desconocidoUn mecanismo legal que todavía no ha sido utilizado son las medidas de cesación y medidas cautelares previstas en los artículos 138, 139. 1. h, y 141. 6 de la Ley de Propiedad Intelectual. Estos mecanismos fueron introducidos en nuestro ordenamiento jurídico mediante la Ley 19/2006, de 5 de junio. La ley establece que los titulares de derechos de autor pueden solicitar del juzgado la suspensión de los servicios prestados por intermediarios a terceros que se valgan de ellos para infringir derechos de propiedad intelectual, aunque los actos de dichos intermediarios no constituyan en sí mismos una infracción. Con fundamento en los artículos mencionados, existe la posibilidad de presentar una demanda de medidas cautelares frente a las operadoras de telecomunicaciones, solicitando que establezcan medidas técnicas para impedir el tráfico de obras protegidas en las redes P2P. ¿Por qué no se ...




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